Por disposición del Juez de Primera Nominación Judicial, Dr. Domingo Daniel Castro, Oficina Judicial Multifuero de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de San Juan, Área no Penal, en Autos N° 619/24 caratulados: "VIDABLE WASHINGTON GABINO Y OTROS C/ PROVINCIA DE SAN JUAN s/ USUCAPIÓN", se han dictado las siguientes resoluciones: "Jáchal, San Juan, 31 de agosto del año 2026. Y VISTOS (...) Y CONSIDERANDO (...) RESUELVO I) Hacer lugar a la demanda y declarar que el Sr. Vidable Washington Gabino, DNI N° 10.914.473, argentino de estado civil casado; Sra. Vidable Reina del Carmen, DNI N° 12.340.468, argentina de estado civil casada, Sra. Vidable Nancy Ruth, DNI N° 12.697.324, argentina de estado civil casada y Sra. Vidable Gabriela Ethel, DNI N° 21.955.826, argentina, de estado civil soltera, han adquirido por usucapión el dominio del inmueble objeto de la presente causa, desde el día 07 de Diciembre del año 2009 (art. 1905 del C.C.C.N. Ley 26.994). El mismo se encuentra ubicado en Eugenio Flores S/N, Localidad de la Represa, departamento Jáchal, Provincia de San Juan, N.C. N° 18-28-600-460, con cuenta en el departamento de Hidráulica N° 19-2177, Dotación para 12 Hectáreas 2196 Mts. 2, cuyo límites y medidas y linderos obran en plano de mensura Plano de Mensura bajo el N° 18-6571-2023, EXP N° 709E0292623, que dice: Al Norte: limita con Calle Cuarenta, mide puntos 1-2 = 106,91 Mts.; puntos 2-3 = 54,31 Mts.; puntos 3-4 = 156,62 Mts.; y puntos 4-5 = 51,14 Mts.; Al Este: limita con calle Eugenio Flores, mide puntos 6-7 = 365,17Mts. y puntos 5-6 = 6,00 Mts., Al Sur: limita con N. Catastral 18/28/500400, mide puntos 7-8 = 380,18 Mts.; y Al Oeste: limita Con Parcela N. Catastral 18-28 470410 y parte calle Veinte, mide puntos 8-9 = 249,33 Mts., puntos 9-10 = 74,17 Mts.; puntos 10-11 = 4,63 Mts.; puntos 11-12 38,61 Mts.; puntos 12 13 = 10,57 Mts. y puntos 1-13 = 6,00 Mts.; con una superficie según plano de mensura de 13 Has. 7.617,00 Mts. 2, afectando lo mensurado el 100% de la Parcela NC N° 1828-600460, Sin Inscripción de Dominio, inscripto en la Dirección de Geodesia y Catastro de la Provincia de San Juan a nombre del Sr. Vidable Cruz.- II) Ordenar cancelar la inscripción anterior si la hubiere o en su caso inscribir el dominio del inmueble a nombre de los actores en el Registro Inmobiliario del Departamento Jáchal y reparticiones pertinentes, previo a acreditar la notificación y actualización de Plano Mensura en la Dirección de Geodesia y Catastro de la Provincia de San Juan y hallarse al día en el pago de tasas e impuestos que gravan el inmueble. III) Tener presente las notas oficiales impuestas en el Plano Mensura y publíquense edictos por el término de ley en un diario de mayor circulación y en el Boletín Oficial de la provincia. IV) Costas a cargo de la actora conforme los considerandos ut-supra vertidos. V) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto obtener base regulatoria para su determinación (Ley 2557 O). Protocolícese, notifíquese electrónicamente a los abogados actuantes y por cédula en el domicilio real de las partes, - Fdo, Dr. Domingo Daniel Castro - Juez. - Y Otra que dice: "Jáchal, San Juan, 15 de septiembre de 2026: Y VISTOS (...) Y CONSIDERANDO (...) RESUELVO 1.- Aclarar la sentencia de fecha 31/08/2026, obrante en autos, respecto de la parte resolutiva del fallo, siendo correcta que la Sra. Gabriela Ethel Vidable, posee el DNI N° 21.955.828. Protocolícese y notifíquese electrónicamente a los abogados actuantes y notifíquese por cédula en el domicilio real de las partes" Fdo. Dr. DOMINGO DANIEL CASTRO - Juez. -Jáchal, San Juan, 17 de septiembre de 2026.Dr. Javier A. Salas secretario Único Juzgado Letrado De Jáchal. C-2509-R1-SR07TR.