El Juzgado Comercial Especial de San Juan, hace saber que en Autos N° 1833/26, caratulados “DAHER ELIAS FEDERICO S/ CONCURSO PREVENTIVO”, se ha dictado la siguiente resolución, la que en su parte pertinente dice: “San Juan, 31 de agosto de 2026. VISTO ... Y CONSIDERANDO ... RESUELVO: I.- Declarar la apertura de Concurso Preventivo de ELIAS FEDERICO DAHER CRIM, DNI 35.506.420, calificando al presente como un pequeño concurso en los términos de los arts. 288 y 289 de la citada ley.... III.- Señálese el día 4 de noviembre del corriente año, fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación ante el Síndico. Asimismo, y de conformidad al artículo 32, 3° párrafo de la L.C.Q. modif. por Ley 27.170, fíjase el arancel que deberán pagar los acreedores en la suma de pesos treinta y siete mil seiscientos sesenta ($37.660), manteniéndose las exenciones de pago previstas en el mismo artículo, última parte. -IV.- Publíquense edictos en la forma prevista por los arts. 27 y 28 de la L.C.Q. en el Boletín Oficial de la provincia de San Juan, y en un diario de amplia circulación provincial. (...) VII.- Ordénase la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor Elias Federico Daher Crim, ofíciese a los registros pertinentes a sus efectos. (...) IX.- Señálase el día 21 de diciembre del corriente año, fecha para que el Síndico presente los Informes Individuales al Juzgado, en la forma prescripta por el art. 35 de la L.C.Q. X.- Señálase el día 9 de marzo del 2027 para que el síndico presente el Informe General al Juzgado en los términos prescriptos por el art. 39 ibidem. XI.- Fíjase el vencimiento del Periodo de Exclusividad, el día 3 de septiembre de 2027. XII.- Señálase el día 27 de agosto de 2027, a las 11 hs., para que tenga lugar la Audiencia Informativa, en el recinto de este Juzgado, o dónde eventualmente se disponga. -Hágase saber que si las fechas precedentemente indicadas coincidieran con días inhábiles judiciales, asuetos, feriados, etc. se trasladarán automáticamente al día hábil inmediato posterior, sin necesidad de nueva publicación de edictos. (...) XV.- Ofíciese a las entidades bancarias a los fines de hacer conocer la apertura del concurso y la aplicación de la normativa vigente, en especial, arts. 16 y ccs. de la Ley 24.522, todo ello, en coordinación con las cuentas corrientes bancarias y su vinculación con los cheques de pago diferido que hubieren sido librados por el concursado y que reconozcan fecha de creación anterior a la presentación de la solicitud del presente concurso (06/08/2026), debiendo en su consecuencia abstenerse del pago y registración de los mismos. (...) Martes notificaciones en Secretaría y conforme art. 123 C.P.C. -Ley N° 2415-O. ” Fdo Dr. Javier A Vazquez - Juez.-”---Se hace saber que el Síndico es el C.P.N. RICARDO SLAVUTZKY, Mat. Prof. N° 402, con domicilio en Rivadavia 114 Oeste, Oficina 5, Capital, San Juan, correo electrónico [email protected], teléfono 2644693681, con atención martes y jueves de 18:00 a 20:00 hs. San Juan, 21 de septiembre de 2026. FIRMA AUTORIZADA JAVIER A VAZQUEZ
