El Quinto Juzgado Civil de San Juan, en autos N° 185722/C5, caratulados "PONS ROSA S/ USUCAPIÓN”, hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: "San Juan, 23 de octubre de 2026...RESUELVO: I) Hacer lugar a la acción de prescripción adquisitiva promovida por ROSA PONS, DNI N.º 05.797.609, y, en consecuencia, declarar que ha adquirido por prescripción adquisitiva larga el derecho real de dominio sobre el inmueble ubicado en calle Mendoza, kilómetro 25, sin número, departamento Pocito, Provincia de San Juan, identificado con nomenclatura catastral N.º 05-62-010960, según plano de mensura N.º 05-8411-2022, con una superficie de 1.625,93 m², cuyos límites y medidas son: NORTE, con NC 05-62-010950, puntos 1-2, 59,67 metros; SUR, con NC 05-62-010970, puntos 4-3, 61,35 metros; ESTE, con NC 05-62-010945, puntos 2-3, 28,61 metros; y OESTE, con calle Mendoza, puntos 4-1, 28,68 metros. II) Establecer, a los efectos del artículo 1905 del Código Civil y Comercial de la Nación, como fecha de cumplimiento del plazo de prescripción adquisitiva el día 30 de mayo de 1997, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos. III) Disponer que, una vez firme y consentida la presente sentencia, se libre oficio al Registro General Inmobiliario de la Provincia de San Juan, con transcripción de la parte resolutiva y copia íntegra de la sentencia, a fin de que tome razón de la adquisición originaria del dominio declarada y proceda conforme art. 38, 40 y c.c. de la Ley N° 137-C; a la apertura una nueva matrícula de folio real a nombre de Rosa Pons, conforme al plano de mensura aprobado, teniendo presente la condición de título agotado del antecedente N.º 1431, folio 231, tomo 4, Pocito, año 1943, sin perjuicio de las verificaciones técnicas registrales que correspondan para evitar superposiciones. IV) Disponer que, firme la presente, se libren los oficios al Departamento de Hidráulica, Dirección de Geodesia y Catastro, Dirección Provincial de Vialidad y Municipalidad de Pocito, a fin de que tomen conocimiento de la sentencia y efectúen las anotaciones, actualizaciones y demás actuaciones que correspondan dentro de sus respectivas competencias. V) Ordenar, en virtud de las constancias habidas en el proceso, se publiquen edictos por dos días en el Boletín Oficial y diario local, con transcripción de la parte resolutiva de la presente.". Fdo. Dr. Roberto Pablo Farina. Juez. San Juan, 30/10/2026.- Claudia Del Zotto Abogada secretaria. C-0411-R1-SR02TR.