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Oficial

El Gobierno promulgó la reforma laboral y ya rige para el sector privado

La norma fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 137/2026 y establece cambios en indemnizaciones, vacaciones, horas extras y actividad sindical.

El Gobierno nacional oficializó la reforma laboral que modifica distintos aspectos del régimen de trabajo en la Argentina. La promulgación se concretó mediante el Decreto 137/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, por lo que la normativa ya comenzó a aplicarse en el sector privado.

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

El proyecto había obtenido media sanción en el Senado el 12 de febrero, pero debió volver a debatirse en la Cámara alta luego de que Diputados eliminara el artículo 44 del texto original, que hacía referencia a las licencias médicas. Finalmente, la iniciativa fue aprobada con 42 votos a favor, 28 en contra y dos abstenciones.

La legislación está integrada por 25 capítulos e introduce modificaciones en distintos aspectos del mundo laboral, entre ellos indemnizaciones, despidos, licencias, vacaciones, horas extras, impuestos y relaciones sindicales.

Cambios en las indemnizaciones

Uno de los puntos centrales de la reforma es la actualización del sistema indemnizatorio. El artículo 245 establece que, ante un despido sin causa, el trabajador recibirá una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, con parámetros para calcular la remuneración habitual y topes establecidos.

Además, la norma habilita que los convenios colectivos de trabajo puedan sustituir este mecanismo por sistemas alternativos de cese laboral o fondos específicos financiados por los empleadores.

En ese marco también se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que tendrá como objetivo garantizar el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a la finalización de los contratos de trabajo. El fondo se financiará mediante aportes mensuales obligatorios del 1% para las grandes empresas y del 2,5% en el caso de las pymes.

Vacaciones y horas extras

La reforma también introduce cambios en el régimen de vacaciones. El nuevo artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, y que el empleador deberá informar la fecha con al menos 30 días de anticipación por escrito.

Asimismo, la normativa permite dividir el período de descanso en tramos mínimos de siete días, siempre que exista acuerdo entre el empleador y el trabajador.

En relación con las horas extras, el artículo 197 bis incorpora la posibilidad de implementar sistemas de compensación mediante "bancos de horas", los cuales deberán formalizarse por escrito y contar con mecanismos de control.

Modificaciones en la actividad sindical

La ley también introduce cambios en la Ley 23.551 de asociaciones sindicales. El nuevo artículo 20 bis establece que las asambleas sindicales deberán realizarse sin afectar el funcionamiento normal de la empresa y requerirán autorización del empleador respecto del horario y la duración.

Por otro lado, el artículo 20 ter considera como infracciones muy graves acciones como la organización de bloqueos o la toma de establecimientos.

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