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Modificaciones

ARCA actualiza el trámite para desistimientos en exportaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero implementó cambios que buscan simplificar y otorgar mayor certeza a las operaciones de comercio exterior, integrando procedimientos digitales y nuevas disposiciones para el tránsito de exportación.

ARCA actualiza el trámite para desistimientos en exportaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5812/2026 que introduce modificaciones en el procedimiento para desistir de solicitudes de destinación de exportación. La medida tiene como finalidad actualizar la normativa vigente, incorporar el tratamiento de operaciones con tránsito de exportación y avanzar en la digitalización del trámite.

Firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, la resolución modifica la Resolución General N° 1.921 y sus complementarias, que regulan las exportaciones registradas en el Sistema Informático MALVINA (SIM), conforme al Código Aduanero (Ley 22.415). Esta actualización responde a la necesidad de simplificar el comercio internacional y otorgar mayor previsibilidad a los operadores, basada en la experiencia del régimen actual.

Entre las principales novedades, se establece que el desistimiento podrá realizarse hasta cinco días posteriores al vencimiento de la destinación o su rehabilitación, siempre que la operación haya sido previamente ratificada mediante el servicio de Ratificación de Autoría de la Declaración.

Cuando el desistimiento se efectúe antes de la presentación de la destinación, el trámite será íntegramente digital, mediante el servicio web "Anulación de Destinaciones de Exportación sin Presentación", sin necesidad de presentaciones ante la Aduana salvo que la mercadería esté bajo su control.

Si la solicitud se realiza después de la presentación, debe gestionarse a través del Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA) bajo el trámite "Solicitud de desistimiento de declaraciones de exportación", detallando la justificación y estado operativo de la mercadería.

La resolución también introduce procedimientos específicos para destinaciones con tránsito de exportación, distinguiendo según si la mercancía está en la aduana de registro, en tránsito o arribada a la aduana de salida. En estos casos se prevé coordinación entre dependencias aduaneras y restitución de la mercadería a plaza una vez autorizado el desistimiento.

Tras la aprobación del trámite, la destinación pasará automáticamente a estado "anulada" en el Sistema Informático MALVINA (SIM) y la decisión será notificada al declarante por medio del Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).

Por último, si vencen los plazos para desistir, el servicio aduanero podrá anular de oficio las destinaciones que permanezcan en estado "oficializada" sin ingreso a depósito, aplicando sanciones conforme al artículo 994 del Código Aduanero, sin perjuicio de otras penalidades correspondientes.

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