Milei rechazó la posibilidad de indultar a Cristina Kirchner: "Me parece un disparate"
El Presidente se refirió a la condena ratificada por la Corte Suprema contra la ex mandataria en la causa Vialidad y descartó de plano un eventual perdón presidencial. Mientras tanto, el TOF 2 estableció reglas estrictas para su prisión domiciliaria en Constitución.
El presidente Javier Milei descartó tajantemente la posibilidad de indultar a Cristina Fernández de Kirchner, tras la confirmación de su condena por parte de la Corte Suprema de Justicia en el marco de la causa Vialidad. La ex mandataria deberá cumplir una pena de seis años de prisión y fue inhabilitada de forma perpetua para ejercer cargos públicos.
En una entrevista que será publicada este jueves en LN+ con el periodista Esteban Trebucq, Milei respondió con contundencia ante la posibilidad de un indulto desde el Ejecutivo: "Me parece un disparate".
"Vivo pregonando la independencia de la Justicia. Que falle y haga lo que crea pertinente. Dicho sea de paso, es una materia que no manejo. No tengo la más mínima intención de algo así. Aparte, nuestro lema de campaña es ‘el que las hace, las paga’. A mí me parece aberrante", expresó el jefe de Estado, quien también aseguró que ese tipo de decisiones "significaría que no estoy de acuerdo con la Justici a" y enfatizó: "Tampoco me compete tener esa opinión, en el lugar que estoy" .
Reglas estrictas para la prisión domiciliaria
Tras la confirmación de la condena, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) dispuso una serie de restricciones para la prisión domiciliaria que cumplirá Cristina Kirchner en su residencia del barrio Constitución.
Entre las medidas establecidas, se indicó que la ex presidenta podrá salir al balcón, pero no podrá mantener contacto con la vía pública ni realizar manifestaciones hacia el exterior. Además, se restringieron las visitas y el uso de medios de comunicación. Estas disposiciones buscan garantizar la tranquilidad del vecindario y prevenir eventuales perturbaciones.
"Se espera de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes para discernir en qué contexto el uso del balcón resultará una acción inocua y en cuál podrá implicar una perturbación", expresa la resolución judicial.
El TOF 2 también ordenó la colocación de un dispositivo de vigilancia electrónica, supervisado por la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Seguridad de la Nación. El informe de supervisión deberá actualizarse cada tres meses, y el cumplimiento de todas las condiciones será clave para mantener el beneficio del arresto domiciliario.
Además, el tribunal advirtió sobre la responsabilidad del Gobierno porteño en garantizar la seguridad y el orden en el edificio, ante la presencia constante de manifestantes, banderas, bombos y puestos callejeros desde que se conoció la resolución judicial.