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Recaudación

AFIP postpone por 10 días el vencimiento del anticipo del impuesto a las Ganancias

La nueva fecha límite para los trabajadores autónomos es el 25 de octubre, mientras se corrigen errores en las escalas y deducciones para empleados en relación de dependencia.

Tal cual lo esperaban los contadores y asesores tributarios, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó por 10 días el vencimiento de la primera cuota del anticipo del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores autónomos, por lo que ahora operará el 25 de octubre próximo.

El organismo, además, corrigió un error en las escalas y las deducciones para el cálculo del mismo impuesto para el caso de los empleados en relación de dependencia.

A través de un comunicado es que la AFIP informó que se pospuso el vencimiento hasta el próximo 25 de octubre inclusive para el "ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias, correspondiente al período fiscal 2024 de las personas humanas y sucesiones indivisas". Así, se indicó, "el organismo brinda más tiempo a los contribuyentes para el cumplimiento del pago que originalmente vencía entre el 14 y el 16 de octubre, según las distintas terminaciones de CUITs. Ahora, el nuevo plazo operará en igual fecha para todos los contribuyentes", se aclaró.

También precisó que "en virtud de la prórroga, para el ingreso de este primer anticipo no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos".

Cabe recordar que el anticipo de Ganancias para autónomos se estima en función de la liquidación anterior del impuesto y sobre ello se establecen 5 cuotas mensuales del 20%. Al finalizar el período se completa el saldo en función del impuesto determinado para el período actual.

El problema surgió, en este caso, con las postergaciones, marchas y contra machas, del tratamiento del paquete fiscal y la Ley Bases en el Congreso, que se fue prolongando a lo largo del año. En ese contexto, el Congreso modificó las condiciones del impuesto en relación a lo que venía ocurriendo hasta ahora. Por caso, antes del paquete fiscal, a iguales ingresos, los trabajadores en relación de dependencia pagaban menos o no pagaban impuesto a las Ganancias, mientras que los independientes si. Ahora las condiciones son mas parejas.

Lo que señalan los asesores tributarios es que la AFIP no adaptó las condiciones tras los cambios del paquete fiscal, de los cuales debería surgir un menor impuesto a liquidar, lo que va a hacer que el fisco recaude menos, en un contexto de "déficit cero". Consideran que el organismo tiene que encontrarle una solución al problema.

Asalariados: las empresas van a tener que devolver plata
Además de esto, la AFIP también publicó durante este jueves las nuevas tablas con las categorías y las deducciones correspondientes a los asalariados que pagan Impuesto a las Ganancias, las que llevan una corrección porque las que se usaron para liquidar los salarios de septiembre que se pagaron en octubre tenían un error.

El paquete fiscal estableció para el caso de este impuesto que en septiembre de este año se tenía que hacer de manera extraordinaria y por única vez una actualización de escalas y deducciones tomando en cuenta la inflación acumulada entre junio y agosto, para evitar que por efecto del aumento de los precios, los contribuyentes suban de categoría o que alguno que es monotributista tuviera que pasarse al régimen general. La inflación entre esos meses fue el 13,33%, mientras que la AFIP usó 8,37%. No incluyó junio, se supone, en principio, porque habría interpretado que había que tomar la inflación desde último día de junio.

Como resultado de esta situación, a los que cobraron su salarios en septiembre ya les practicaron descuentos con las tablas viejas o mal actualizadas y las empresas le van a tener que devolver el dinero retenido de más. Hay que tomar en cuenta que la AFIP publicó tarde la primera actualización (la del 8,37%) y por eso hubo empresas que, inclusive, no tuvieron tiempo para liquidar sueldos con las escalas anteriores.

Según señaló Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, hay casos en los que se les liquidó el sueldo del mes pasado a principios de octubre con tablas viejas, y hay casos en los que se les liquidó durante septiembre el sueldo de ese mes y también sufrieron mayor descuento porque usaron escalas nuevas, pero mal actualizadas. "En todos los casos las empresas van a tener que volver a calcular con retroactividad al 1ro de septiembre y tendrán que devolver dinero", explicó.

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