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Lunes 30 de Septiembre, 2024
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Trabajo

Se reglamenta la reforma laboral con cambios en las indemnizaciones

El Ejecutivo resaltó que la norma "generará más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado".

Este jueves, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la nueva reglamentación de la reforma laboral a través del decreto 847/2024, destacando medidas que buscan flexibilizar el mercado laboral y fomentar el empleo registrado en el sector privado. Entre las principales novedades se incluye un blanqueo de empleados, mayores facilidades para la contratación de trabajadores independientes, y la posibilidad de implementar nuevos acuerdos para el cese laboral.

La normativa establece el blanqueo de impuestos como una herramienta clave para combatir la informalidad. Este régimen incluye la condonación del 70% de la deuda por capital e intereses de los aportes y contribuciones patronales. Las MIPYMES recibirán beneficios aún mayores: un 90% de condonación para micro y pequeñas empresas, y un 80% para medianas. Además, las empresas serán dadas de baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), y se reconocerán hasta 60 meses de servicio a los trabajadores para sumar a los años requeridos para su jubilación.

En cuanto al sistema de cese laboral, la reglamentación establece un marco de libertad para que tanto empresarios como empleados negocien un acuerdo mutuo. Este sistema, que reemplaza la indemnización tradicional, podrá implementarse en tres formatos:

  • Cancelación individual, donde el empleador realiza el pago directo al trabajador sin intermediarios.
  • Fondo de cese individual o colectivo, mediante aportes mensuales que se acumulan para afrontar situaciones de cese.
  • Seguro de cese laboral, administrado por aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

El decreto también introduce importantes cambios para los trabajadores independientes. Estos deberán inscribirse en el monotributo y presentar una declaración jurada ante la AFIP. No podrán tener más de tres trabajos simultáneos bajo esta modalidad, con el objetivo de evitar situaciones de empleo no registrado.

La simplificación de los trámites de registración laboral es otro pilar de la reforma. Ahora, se considerará registrado un contrato de trabajo cuando el empleado esté inscripto en los sistemas de la AFIP, sin importar qué parte lo haya hecho. Este principio también aplica a los trabajadores independientes, independientemente de la cantidad de facturas emitidas.

La reforma introduce además un período de prueba extendido para los empleados, que pasa de tres a seis meses, con la posibilidad de extenderlo hasta un año mediante convenio colectivo. En cuanto a la licencia por maternidad, se reduce el plazo de licencia antes del parto a 10 días, cuando anteriormente era de 30.

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