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Conflicto en puerta

La CGT podría judicializar la reforma laboral por riesgo de pérdida de derechos

Entre las preocupaciones, destacan la flexibilización de las relaciones laborales y la posibilidad de despidos sin indemnización.

Mientras el Gobierno reglamenta el capítulo de la reforma laboral de la ley Bases, la conducción de la Confederación General del Trabajo (CGT) analiza la judicialización de determinados puntos, al tiempo que descarta algún tipo de medida de fuerza. Todo esto en el marco de la conflictividad por la vuelta de la aplicación del impuesto a las Ganancias, que ya generó protestas en sectores como petroleros.

La Ley Bases fue aprobada a fines de junio por el Congreso y en el capítulo laboral, denominado en el texto de ley como "Modernización laboral", incluye cambios importantes en las reglas de contratación y en la relación entre los empleados y sus empleadores.

La Casa Rosada intentó generar cierto acercamiento con la CGT para incluirla en el Consejo de Mayo. Sin embargo, la reinstalación de Ganancias y la reforma laboral rompió el diálogo, al punto tal que uno de los secretarios Generales de la central obrera, Héctor Daer, subrayó: "El Gobierno quiere que nos sentemos a convalidar una pérdida de derechos y no lo van a conseguir".

Fondo de Cese Laboral: qué sindicatos lo apoyan
El secretario de Trabajo, Julio Cordero, y el ministro del Interior, Guillermo Francos, siguen siendo los canales de comunicación de algunos sindicalistas. Uno de los puntos donde hay consensos es en el Fondo de Cese Laboral, que hoy se aplica en el sector de la construcción. De hecho, en plena campaña electoral, Javier Milei se reunió con el secretario General de la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA), Gerardo Martínez, para interiorizarse en el tema.

En el artículo 93 de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.

En este sistema se podrían sumar el Sindicato de Empleados de Comercio (SEC), que lidera Armando Cavalieri, y los gastronómicos que conduce Luis Barrionuevo, entre otros. La dirigencia gremial sostiene que todo lo que se puede pactar en los convenios colectivos, corre por cuenta de cada organización.

Período de prueba y la flexibilización de las relaciones laborales: qué opina la CGT
Por otra parte, los artículos 89 y 95 proponen extender a 6 meses el tiempo del período de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño (hasta 5 trabajadores). Este punto sería aceptado por el conjunto de la CGT, aunque hace ruido que, durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

Entre los puntos más cuestionados por la central obrera figura la "flexibilización de las relaciones laborales". Aquí se incorporan medidas que permiten que las relaciones laborales queden enmarcadas en otras formas distintas a la convencional relación de dependencia, como  contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación. La ley excluye expresamente los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), regulándolos en cambio por el Código Civil y Comercial. Esto limita la presunción de relación de dependencia, quedando sujeta a prueba en cada caso. Algunos dirigentes consultados sostienen que seguramente habrá reclamos judiciales de los propios sindicatos.

Judicialización reforma laboral: la CGT denuncia que el Gobierno intenta limitar el derecho a huelga
Asimismo, la CGT considera que el gobierno avanza en la limitación del derecho a huelga, con la incorporación como motivo de despido de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa. Por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a las protestas.

También cuestionan que la ley elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no para las que presten servicios. Aquí queda anulada la responsabilidad de la empresa que terceriza sus actividades y ponen como ejemplo la actividad textil, donde los talleres clandestinos son moneda constante

Por último, la central obrera puso su mirada en el artículo 84, que excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador. De esta manera, podrá denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP. Los voceros gremiales sostienen que "con esto solo se va a alentar la precarización laboral".

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