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Santa Lucía

Condenados por robar a un médico y a un enfermero

 A los profesionales los llamaron por una atención y en el lugar les robaron dos sujetos. Lograron escaparse del lugar y luego radicaron la denuncia en la comisaría

Foto ilustrativa

En un juicio abreviado llevado a cabo por la Unidad Fiscal de Delitos contra la Propiedad, se condenó a Kevin Bautista Moreno y Carlos Nahuel Andrade a la pena de un año y seis meses de cumplimiento condicional por el delito de robo.  Los funcionarios del Ministerio Público Fiscal, encabezados por la Dra. María Ximena Rodríguez y el Dr. Carlos Yanzón, lograron una condena que busca hacer justicia en un caso de agresión y robo a un equipo médico en servicio.

El Hecho
El incidente ocurrió el 17 de junio de 2024, alrededor de las 03:30. El médico de emergencias ECI, Servan Claudio Héctor, fue solicitado en el B° Noreste III, manzana H, casa 32, departamento Santa Lucía. Al llegar, fue recibido por un hombre identificado como Carlos Nahuel Andrade, quien le indicó que "esto es para robarte". Andrade, acompañado por otro hombre, forzó al médico y a su compañero, el enfermero Lucas Nicolás Mercado, sustrayéndoles dos teléfonos celulares Samsung, un maletín con medicación y herramientas médicas, y un historial clínico de varios pacientes.

La Investigación
Tras el robo, el doctor Servan y el enfermero Mercado lograron escapar y dirigirse a la comisaría para realizar la denuncia. Posteriormente, la policía observó a una persona con características similares a las descritas por las víctimas, portando un maletín de médico y dos teléfonos celulares. Al no poder justificar la posesión de estos bienes, el individuo, identificado como Kevin Bautista Moreno, fue trasladado a la comisaría. Allí, los profesionales de la salud pudieron reconocer tanto a Moreno como a los elementos sustraídos.

El Juicio
Durante el juicio abreviado, los acusados Kevin Bautista Moreno y Carlos Nahuel Andrade fueron condenados bajo la calificación legal de robo, conforme al artículo 164 en calidad de autor, artículo 45 del Código Penal. Ambos recibieron una pena de un año y seis meses de cumplimiento condicional, lo que implica que no cumplirán la condena en prisión a menos que cometan otro delito durante el período de prueba.

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