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Aberrante

Sanjuanino golpeador: "vas a tirar todo por la boca"

Un tremendo caso de violencia de género llegó a una condena este viernes. El hombre zafa de ir al penal. 

Imagen ilustrativa.

El pasado 13 de febrero la Sra. G.A.B. presentó una denuncia ante la Unidad Fiscal de Investigación y Juicio (UFI CAVIG), relatando un grave episodio de violencia doméstica ocurrido el 1 de febrero de 2024. Según su testimonio, mientras se encontraba en el domicilio de su hija junto a su ex pareja, Nicolás Manuel Arrieta, comenzaron una discusión que escaló rápidamente. Arrieta habría golpeado a la denunciante en la cabeza con un puño, posteriormente la agarró del cuello y la arrastró contra la pared del baño, golpeándola repetidamente y causándole mareos y caída al piso. Además, la amenazó de muerte diciéndole que la mataría y que "vas a tirar todo por la boca ".

El 13 de febrero de 2024, a las 14:30 horas, la denunciante regresó a su domicilio después de ir a un kiosco cercano y encontró la puerta de entrada abierta y abollada. Al ingresar, descubrió a su nieta menor, F.N.C., llorando en el comedor, quien le informó que Arrieta había ingresado por la fuerza al domicilio, pateando la puerta, y había robado un bolso de su habitación. Ante esta situación, la denunciante llamó de inmediato al 911 para reportar lo ocurrido.

En febrero del presente año, se formalizó la Investigación Penal Preparatoria (IPP) contra Nicolás Manuel Arrieta por un período de seis meses.

Este viernes se llevó a cabo una audiencia de Control de Detención, donde el Ministerio Público Fiscal (MPF) alcanzó un acuerdo de Juicio Abreviado con la defensa y el imputado. La Jueza de Garantías, Dra. Flavia Allende, decidió aprobar el acuerdo, resultando en una condena para Nicolás Manuel Arrieta de seis (6) meses de prisión de ejecución condicional. Arrieta fue encontrado autor penalmente responsable del delito de "lesiones leves agravadas por el vínculo y violencia de género y amenazas en concurso real" (arts. 89/92 en función del art. 80 inc. 1 y 11, 149 bis 1° párrafo, 1° supuesto y 55 del Código Penal). Además, se le impusieron reglas de conducta conforme al artículo 27 bis del Código Penal.

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