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PASO 2023

Ya rige la veda electoral: qué está permitido y qué está prohibido en San Juan

El 13 de agosto se votan los candidatos a presidente y vice y, en San Juan, también a senadores y diputados nacionales.

Este domingo se realizarán las Primarias nacionales para elegir candidatos de presidentevice, y en San Juan, también a senadores y diputados nacionales. Desde las 8 de este viernes rige la veda electoral en todo el país y los precandidatos ya no pueden hacer más campaña.

Entre las principales prohibiciones están todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Qué pasa si no cumplo con la veda

-En tanto, aquellas personas que no cumplan con la veda podrán ser denunciadas y sancionadas en la Justicia, si se comprueba la violación efectiva del Código Electoral, que establece que "se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas".

 -Esa norma reprime a su vez, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al "empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto" de prohibición por la autoridad electoral.

 -Ahora bien, la pena prevista para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" es de 2 meses a 2 años de cárcel. Además, quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio" se lo castigará con hasta 3 años.

Pero también hay algunas actividades que prohibidas para el resto de los ciudadanos. 

Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, no se puede:

-Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.

-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

-Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.

-Vender bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.

-Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

-La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.

-Desde el sábado y hasta las 21 del domingo está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.

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