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Viernes 20 de Septiembre, 2024
Detienen a un ordenanza de la Legislatura por pornografía infantil| Abrir nota completa...
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CONDENA

Condicional para un abusador sanjuanino

A pesar de que abusó a una mujer y lo encontraron culpable, no irá al penal.

Abuso SexualCrédito: Imagen Ilustrativa

Fuentes judiciales, informaron que Leandro Ismael Pastrán, de 39 años de edad, fue condenado por el delito de abuso sexual en un juicio abreviado. Según la información proporcionada por las fuentes, la denunciante había sido compañera de facultad del imputado.

Los hechos ocurrieron el 10 de abril de 2019, cuando la denunciante y una amiga se dirigieron a la vivienda de Pastrán en de Chimbas. Según el testimonio de la denunciante, alrededor de las 21:00 horas, Pastrán les ofreció alcohol, a lo cual ambas accedieron y se encontraban en el frente de la vivienda. Luego, alrededor de las 22:00 horas, decidieron continuar bebiendo en el interior de la habitación del imputado.

Posteriormente, cerca de las 2:00 de la madrugada, colocaron dos colchones en el suelo, donde la denunciante y su amiga se recostaron. En ese momento, Pastrán se posicionó en medio de ellas y, mientras la denunciante comenzaba a quedarse dormida, el imputado empezó a tocarle las piernas. La denunciante reaccionó apartando su mano y le expresó un rotundo "No me toques". Acto seguido, la denunciante se dio vuelta porque hasta ese momento se encontraban de frente. Sin embargo, Pastrán presuntamente apoyó su pene en la cola de la denunciante, quien se alejó e intentó dormirse, pero el imputado continuó tocándola, llegando a meterle la mano debajo de su pantalón corto. La denunciante nuevamente retiró su mano, pero Pastrán prosiguió tocándola, esta vez por debajo de la ropa, llegando a tocarle los pechos.

En el fallo, se resolvió aceptar el acuerdo de juicio abreviado presentado, lo que implicó una condena para Leandro Ismael Pastrán. El imputado recibió una pena de seis meses de prisión de ejecución condicional y deberá cumplir con diversas reglas de conducta durante dos años, incluyendo la prohibición de realizar cualquier acto turbatorio o molesto hacia la denunciante, abstenerse del consumo de estupefacientes y del consumo abusivo de bebidas alcohólicas. Además, deberá notificar cualquier cambio de domicilio y estará bajo el cuidado del patronato.

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