Moratoria previsional: ¿Qué períodos se podrán regularizar?
Algunos beneficiarios de la ANSES podrán acceder al Plan de Pago de Deuda Previsional.
El pasado martes 28 de febrero, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó el Plan de Pago de Deuda Previsional con 134 votos a favor y 107 en contra.
Por esto, quienes se encuentren en edad, pero no reúnan los 30 años de aportes mínimos requeridos, podrán acceder de igual manera a la jubilación brindada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
La iniciativa habilitará a mujeres de 60 años y hombres de 65 años a regularizar los periodos faltantes a través de "Unidades de Cancelación de Aportes", equivalentes a un mes de servicio.
Esto les permitirá a más de 800.000 personas tener la oportuinidad de tener su jubilación.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria
- Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos.
Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria
- Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.
¿Qué períodos se podrán regularizar?
Quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria:
- Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
- Podrán cancelar estos períodos en cuotas mensuales que se descuentan de la jubilación.
- El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.
Quienes todavía no alcanzaron la edad jubilatoria:
- Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.
- Las personas podrán identificar los períodos de aportes a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidades.
- Podrán acceder personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria. Es decir, mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no cuentan con los 30 años de aportes necesarios. Y personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria. Es decir, mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes.
Las personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive en cuotas mensuales que se descontarán de la jubilación.