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"No voy a ir preso, te voy a matar", le dijo a su ex, pero no va a la cárcel

"No voy a ir preso, te voy a matar", le dijo un sanjuanino a su ex. Además, la golpeó y golpeó a los policías que trataron de detenerlo. Lo condenaron y a pesar de su amenaza, no irá preso.

Este miércoles se conoció un terrible caso de violencia de género en San Juan. Se trata de un hombre que golpeó y amenazó de muerte a su pareja en Pocito.

De acuerdo al informe del Ministerio Público Fiscal, la víctima, estaba en su pieza por descansar cuando escuchó a alguien ingresando a su hogar. Era su ex pareja, Daniel Efraín Espinosa Morales. El hombre, ingresó sin autorización alguna al comedor de la vivienda y empezó a insultarla.

La víctima le dijo que se vaya o de lo contrario va a llamar a la policía y él va a ir preso, a lo que su agresor le respondió:

 

"YO NO VOY A IR PRESO, PORQUE NO TENGO ANTECEDES Y CUANDO SALGA TE VOY A MATAR "

 

Espinosa le exigió a la víctima que le muestre su teléfono celular para revisarlo y ante la negativa, comenzó a darle golpes de puño en el rostro y la cabeza.  La mujer terminó con múltiples lesiones que luego fueron constatadas por médicos legistas de UFI CAVIG.

La víctima, como pudo, logró sacar de su casa al agresor empujándolo, para pedir ayuda por teléfono a su hermana y a la línea de emergencias 911.

Espinosa se retiró del lugar e instantes después arribó la Policía. Lo vieron escapando y emprendieron su persecución hasta alcanzarlo en el barrio Teresa de Calcuta.

En este momento, el agresor desplegó toda su fuerza física contra el personal policial para evitar, mediante francos golpes de puño y agresiones, ser arrestado.

Este miércoles, la justicia resolvió, mediante juicio abreviado condenar al imputado a 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional, por lo que no irá preso, a menos que cometa un delito.

Además le impusieron una prohibición de contacto y acercamiento a la víctima y su domicilio de 200 mts; Prohibición de contacto y acercamiento de 200 mts a la hermana de la víctima; Reglas de conducta del art 27 bis del CPA y asistir obligatoriamente a un programa de prevención y erradicación de violencia.

Además, deberá acreditar en 60 días a qué institución asistirá y tiene que presentar un certificarlo una vez al mes. Interviene la  Dirección de la Mujer.

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