El Ministerio de Salud de la Nación formalizó un nuevo esquema para la atención de personas extranjeras que no cuenten con residencia permanente en la Argentina y requieran asistencia en establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional. La decisión, instrumentada a través de la Resolución 1066/2026, fue firmada por el ministro Mario Lugones y publicada este martes 11 de agosto.
El cambio se apoya en las modificaciones introducidas durante 2025 a la Ley de Migraciones y redefine el acceso al sistema público en función de la condición migratoria y del tipo de prestación requerida. En términos prácticos, el Gobierno busca ordenar el recupero de costos en un área sensible, sin alterar la obligación de asistir urgencias.
La normativa distingue entre las emergencias sanitarias y las atenciones que no revisten ese carácter. En los casos de urgencia, ninguna persona extranjera podrá ser rechazada ni limitada en su atención por su situación migratoria, lo que preserva la cobertura inmediata ante cuadros que comprometan la salud de forma crítica.
En paralelo, quienes tengan residencia permanente mantendrán el acceso al sistema público en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. La principal modificación recae sobre los extranjeros sin residencia permanente que necesiten prestaciones habituales o tratamientos que no sean de emergencia.
Para ese universo, los establecimientos dependientes del Estado nacional podrán brindar la atención únicamente si la persona presenta un seguro de salud que cubra la prestación o si realiza el pago previo del servicio, según las condiciones definidas por el Ministerio de Salud. El criterio introduce una barrera administrativa y económica para la atención no urgente, con impacto directo sobre el acceso y la facturación.
La Resolución 1066/2026 también prevé un mecanismo para recuperar los costos de las prestaciones ya brindadas bajo este régimen. Para ello, establece dos circuitos: uno vinculado al cobro mediante seguro de salud y otro orientado al cobro directo a las personas extranjeras que no cuenten con cobertura.
En ese marco, la medida apunta a consolidar un procedimiento específico para la facturación y el recupero de gastos en hospitales nacionales. Sin embargo, el texto deja expresamente a salvo la asistencia ante emergencias, independientemente de la nacionalidad o de la situación migratoria de quien requiera atención.




