La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió de manera provisoria la aplicación de multas al Gobierno en el expediente por la actualización de los salarios docentes y no docentes universitarios. La decisión alcanzó la sanción que el juez Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por $100.000 diarios. El tribunal dispuso que la apelación se tramite con efecto suspensivo, por lo que las astreintes quedan frenadas mientras se revise el caso.
El juez había fijado la multa este miércoles por el “incumplimiento verificado” de la medida cautelar que ordenó actualizar los salarios universitarios y garantizar el fondo para becas según los parámetros de la Ley de Financiamiento Universitario. Antes, el 22 de septiembre, el mismo magistrado había intimado al Gobierno a aplicar la norma en un plazo de cinco días bajo apercibimiento de astreintes, es decir, multas coercitivas destinadas a compeler el cumplimiento de una orden judicial. La resolución alcanzó inicialmente a Diego Santilli, aunque el juez advirtió que podía modificar el monto y a los funcionarios obligados a responder.
Las autoridades legales del Ministerio de Capital Humano de la Nación presentaron este jueves un escrito que la Cámara aceptó para habilitar la apelación. El planteo oficial sostuvo que la cautelar “ya se encontraba íntegramente cumplida”, mientras que el tribunal ordenó al juzgado de primera instancia adoptar las medidas necesarias para tramitar el recurso. En paralelo, un funcionario del Gobierno explicó que, al concederse la queja, se suspenden las astreintes, aunque la Cámara no se pronunció expresamente sobre ese punto.
La cautelar vigente La medida judicial ordena adecuar las remuneraciones del personal docente y no docente de las universidades públicas a la variación del Índice de Precios al Consumidor entre enero de 2023 y julio de 2025. Según ese criterio, la recomposición supondría un aumento del 40,25% sobre los salarios básicos liquidados en julio de 2025. Además, la ley prevé una actualización mensual de los haberes conforme al índice de inflación y la recomposición de las becas estudiantiles, extremos que el juez consideró incumplidos.
El expediente principal sigue en trámite ante la Cámara, donde se discute la validez del decreto 759/2025, que condicionó la puesta en marcha de la ley. Cormick había concedido la apelación del Estado contra el fallo que declaró inconstitucional una cláusula de esa norma, pero rechazó otorgarle efecto suspensivo. También desestimó un planteo de reposición y remitió las actuaciones al tribunal de alzada. En ese marco, el Consejo Interuniversitario Nacional pidió la aplicación de las multas al sostener que el Estado “continúa sin cumplir la medida cautelar”, confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 25 de junio de 2026.
Los argumentos oficiales El Gobierno sostuvo que los incrementos otorgados desde diciembre de 2023 elevaron la mejora acumulada de los salarios universitarios al 226,80%, por encima del 226,40% que, según su interpretación, correspondía para el período entre diciembre de 2023 y agosto de 2025. En ese cálculo incluyó un aumento del 21,33% dispuesto en junio de 2026. La administración nacional también afirmó que la resolución judicial le impone una carga económica indeterminada, porque no fija un monto ni un porcentaje específico para considerar satisfecha la orden, y señaló que el 21 de septiembre presentó un informe sobre las medidas adoptadas.
La sanción quedó suspendida horas antes de la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada para reclamar la aplicación de la norma. En adelante, la definición quedará atada al trámite de la apelación y a lo que resuelva la Cámara sobre el fondo de la cautelar y el decreto 759/2025.




