El 15 de septiembre de 2026, alrededor de las 8:40, un episodio de violencia intrafamiliar en una vivienda terminó con la intervención de la Policía y con una condena penal para Martín Andrés Noroña. Según la investigación fiscal, el hombre amenazó de muerte a su madre y luego atacó a un efectivo con un elemento cortopunzante.
De acuerdo con la causa, Noroña salió de su habitación y se dirigió al comedor, donde estaba su madre. Allí le exigió de malos modos que le entregara el agua caliente que había en una olla y comenzó a insultarla. La acusación sostuvo que la situación escaló hasta las amenazas de muerte y que el hombre llegó a afirmar que tenía un arma.
La mujer estaba sola en ese momento, ya que su otra hija había salido hacia un centro de salud para pedir medicamentos. La víctima es insulinodependiente, según consta en el expediente. Ante la continuidad de las amenazas, la mujer esperó un descuido de su hijo y envió un mensaje por WhatsApp a su hija para pedir auxilio y solicitar que llamara a la Policía.
Intervención policial Minutos después, efectivos de la Casilla del Barrio Cruce de los Andes llegaron al domicilio. Cuando ingresaron, la mujer salió de la vivienda y relató lo ocurrido. Luego, los policías entraron a la habitación donde estaba Noroña y, según la acusación fiscal, en ese momento tomó una cortaplumas y atacó a uno de los agentes.
El parte judicial indicó que el efectivo agredido fue identificado como Cue..., aunque el material aportado no consigna el apellido completo ni detalla las lesiones sufridas. La causa estuvo a cargo del fiscal Cristian Gerarduzzi, con intervención del ayudante fiscal Francisco Rodríguez, y quedó caratulada como “C/ Noroña Martín Andrés” por los delitos de amenazas, resistencia y atentado a la autoridad.
Condena y unificación Finalmente, las partes arribaron a un juicio abreviado, mecanismo procesal que permite resolver el caso con acuerdo entre acusación y defensa. En ese marco, se impuso una pena de un año de prisión efectiva por los hechos investigados. Esa condena fue unificada con una sentencia anterior y la Justicia fijó una pena única de tres años de prisión efectiva, además de declarar la reincidencia y disponer la prisión preventiva.




