La Justicia ordenó la internación forzosa del cantante Cristian “Pity” Álvarez por 90 días, en el marco del juicio en su contra por el asesinato de un vecino. La resolución fue dictada este martes luego de que el músico intentara escapar ayer del hospital Tornú, donde permanecía internado por una crisis hipertensiva. La medida dispone que siga en ese centro de salud hasta que se defina su destino y una eventual derivación a una institución psiquiátrica.
El Juzgado Civil también ordenó que el director del establecimiento informe cada 30 días la evolución del paciente y cualquier dato de interés. En la resolución se dejó asentado que la internación es un recurso terapéutico de carácter restrictivo y por el tiempo más breve posible, y que toda persona con padecimientos mentales conserva sus derechos fundamentales. Superada la causa que motivó la medida de protección, corresponde la externación inmediata sin necesidad de orden judicial.
Seguimiento judicial
Si al cumplirse los 90 días fuera necesario extender la internación, esa situación deberá ser comunicada y evaluada por la Justicia. Además, se pidió al hospital Tornú que determine las medidas de seguridad necesarias para evitar que el paciente abandone el tratamiento antes del alta médica. La resolución incluso prevé la posibilidad de una consigna policial si resultara necesaria.
Posible derivación
La Justicia también le dio a la Clínica Dharma un plazo de 48 horas para informar si admitiría a Álvarez en una eventual internación voluntaria. En paralelo, solicitó que, si el cantante se encuentra en condiciones de ser derivado a una institución especializada en salud mental y problemática extensa de consumo, SADAIC gestione de forma urgente una vacante en alguna prestadora, que podría ser Dharma u otra institución.
Antecedentes médicos
Días atrás, la Clínica Dharma informó que el paciente fue evaluado el 23 de septiembre y que en ese momento se determinó riesgo cierto e inminente para sí y/o terceros, por lo que consideró que presentaba criterio de internación psiquiátrica. Según ese informe, esa conclusión no se volcó en la documentación habitual porque se suele esperar el alta clínica para realizar la indicación y derivación, y todavía quedaban pendientes varios estudios médicos. El mismo texto agregó que, debido al cuadro de abuso y dependencia de múltiples sustancias psicoactivas, se evaluó la existencia de criterio de internación psiquiátrica por riesgo cierto e inminente para sí y/o terceros.




