La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo salarial que firmó el sindicato de Camioneros con las cámaras empresarias del transporte de cargas, dentro del Convenio Colectivo de Trabajo 40/89. El entendimiento fija una suba acumulada del 9,9% en seis etapas, entre septiembre de este año y febrero de 2027. La actualización alcanza a los choferes de primera, segunda y tercera categoría de la actividad.
El esquema salarial se liquida con un mes de atraso, como ocurre habitualmente en el sector. Por ese motivo, el aumento del 1,8% correspondiente a septiembre se percibe en los primeros días de octubre, mientras que la mejora del 1,7% aplicada sobre octubre se cobrará a comienzos de noviembre. El acuerdo toma como base los sueldos de agosto de 2026 y sumó, por única vez, un adicional de $18.000.
Valores de octubre
En octubre, el conductor de primera categoría cobra un básico de $1.095.276,83 más los $18.000 extra. Para la segunda categoría, el básico asciende a $1.075.758,58 más el mismo adicional. En tercera categoría, el monto es de $1.056.220,57 junto con la suma extraordinaria. Esos importes corresponden a básicos de convenio y no incluyen adicionales como antigüedad, viáticos, pernoctada o kilómetros recorridos.
Escala hasta 2027
El acuerdo, firmado por el gremio que conduce Hugo Moyano, prevé nuevas subas del 1,7% en noviembre y del 1,6% en diciembre. Para la categoría más alta, el básico llegará a $1.132.833 en noviembre y a $1.150.958 en diciembre. Luego seguirán ajustes del 1,6% en enero y del 1,5% en febrero de 2027, mes en el que el básico de primera categoría alcanzará $1.186.909.
Bono y aportes
Además, se confirmó un bono extraordinario de $1.200.000 por chofer, a pagar en cuatro cuotas de $300.000 desde enero de 2027. El acuerdo también fijó condiciones especiales para la rama Caudales, con un adicional del 20% sobre viáticos y comida, en dos tramos, y un premio por asistencia. En el transporte de residuos patológicos e industriales especiales, los peones que acompañan al chofer cobrarán un adicional del 8% sobre el sueldo básico.
Por otra parte, el aporte empresarial a la obra social del sindicato pasó de $25.000 a $29.000 por mes y por trabajador. La Secretaría de Trabajo pidió que esos fondos se administren en cuentas separadas de las del sindicato y también exigió que las partes presenten los cálculos para actualizar los topes usados en la fijación de indemnizaciones por despido en la actividad.




