El Ministerio de Gobierno, a través del Registro Civil, informó que los habitantes de San Juan pueden acreditar su identidad con el DNI digital disponible en la aplicación oficial Mi Argentina. Según la comunicación oficial, la versión en el teléfono celular tiene idénticos efectos jurídicos que la tarjeta plástica y se encuentra respaldada por el Decreto N° 744/19.
La cartera provincial señaló que esa validez alcanza a entidades bancarias y financieras, servicios de transporte terrestre y aéreo interno, establecimientos educativos, centros de salud, obras sociales, prepagas y cualquier organismo público o privado que deba constatar datos filiatorios para gestiones administrativas. En ese marco, la recepción del documento digital debe ser aceptada en esos ámbitos para operaciones y trámites habituales.
Alcance de uso
La comunicación oficial indicó que las instituciones crediticias deben recibir la versión digital para cualquier tipo de operación o gestión monetaria. También precisó que el documento es válido para trasladarse en servicios de pasajeros terrestres y aéreos dentro del país. En el sistema de salud y en el ámbito educativo, su presentación resulta eficaz para acreditaciones y trámites administrativos.
Respaldo y límites
El Ministerio sostuvo que la herramienta busca reducir las dificultades que enfrentan los ciudadanos cuando terceros desconocen la norma. Según la explicación oficial, el documento en el celular permite una acreditación inmediata mediante mecanismos de validación dinámica que aseguran la autenticidad de los datos. No obstante, la autoridad recordó dos excepciones: en los procesos electorales sigue siendo obligatorio sufragar con el último ejemplar tarjeta emitido, y para viajes al exterior se exige el DNI físico o el pasaporte, según el destino.
La medida se apoya en la normativa nacional vigente y mantiene como referencia operativa la aplicación Mi Argentina, donde se encuentra la credencial digital. Su aplicación práctica queda sujeta a que bancos, transportes, centros de salud y demás organismos cumplan con la recepción obligatoria prevista por la regulación informada por el Gobierno provincial.




